s que se consumen habitualmente,
sin que se conozcan aún las posibles repercusiones que sobre
la salud pueda tener este incremento.
También se ha elevado la demanda de tratamiento
específico para los consumidores de cannabis, especialmente en
menores.
- En relación al uso terapéutico de los
cannabinoides, principios activos del cannabis, es necesario no confundirlo
con el consumo recreativo del cannabis, ya que este argumento se utiliza
para la promoción del consumo. Un uso terapéutico implica
la administración de cantidades precisas de una sustancia para
una aplicación médica aprobada según la legislación
sobre medicamentos.
- Los cannabinoides actúan en el organismo mediante
un sistema cannabinoide endógeno para el cual se han descrito
múltiples funciones fisiológicas. Casos anecdóticos
y pequeños ensayos clínicos surgieren que los cannabinoides
podrían ofrecer algún beneficio en el tratamiento sintomático
de, la esclerosis múltiple, trastornos del movimiento, el tratamiento
del dolor neuropático y como antiemético. No obstante,
se desconoce actualmente su posible lugar en la terapéutica en
estas indicaciones. Asimismo se deben considerar los potenciales efectos
indeseables sin limitar el adecuado uso terapéutico de los mismos.
- La investigación sobre el potencial terapéutico
de los fármacos cannabinoides ha dado resulta-dos prometedores,
basados en las múltiples funciones fisiológicas del sistema
cannabinoide endógeno. Los miembros del grupo de estudios insisten
en que no debe confundirse entre uso terapéutico de cannabinoides
(ingesta de medicamentos en forma de comprimidos o suspensión,
por ejemplo) y consumo de cannabis (fumar porros de hachís o
marihuana).
- En cuanto a la prevención podemos afirmar que
mientras que en relación a sustancias como el tabaco o el alcohol
se han puesto en marcha políticas preventivas que han cambiado
las tendencias de consumo, en el caso del cannabis se carece de una
política global que permita frenar las fuertes tendencias ascendentes
de consumo observadas desde hace años.
- No existe en la actualidad una estrategia informativa
global y continuada que permita contrarrestar la información
sesgada que la población está recibiendo sobre el cannabis
y que explica en parte el descenso en la percepción del riesgo
asociado al consumo de esta sustancia.
- En el ordenamiento jurídico español,
el cannabis se regula en el ámbito penal, que tipifica las conductas
referidas a la producción y al tráfico de drogas, y también
en el ámbito administrativo, que sanciona su consumo en determinadas
circunstancias.
- El sistema legal se contempla erróneamente como
un instrumento negativamente represivo, no valorándose adecuadamente
su función de prevención y tutela de la salud de los potenciales
consumidores, especialmente de menores y otros colectivos vulnerables.
- Penalmente la producción y el tráfico
se regulan en los artículos 368 -372 del Código Penal.
El cannabis está considerado jurisprudencialmente como sustancia
que no genera grave daño a la salud, lo que conlleva una menor
penalidad que otras conductas similares relativas a otras sustancias.
- La escasa entidad de las penas (de un año y
un día de prisión a seis años y nueve meses) no
resulta suficientemente disuasorio para el tráfico a gran escala.
- La percepción social sobre el nivel de intensidad
en la intervención jurídica no coincide con la realidad:
España se sitúa en los modelos más moderados de
intervención sancionadora.
- En el ámbito administrativo se percibe un vacío
de regulación administrativa de determinadas conductas, especialmente
dirigidas a los menores: folletos, revistas, propaganda informativa,
sitios de internet, las llamadas grow shops o tiendas especializadas
en útiles (semillas, parafernalia) para el cultivo de cannabis,
actos públicos de propaganda, etc., Todo ello favorece el consumo
sin quedar penalmente tipificado.
PRINCIPIOS BÁSICOS INSPIRADORES DE LA PROPUESTA
Principio de protección de la salud
El cannabis es la droga ilegal más consumida en
la actualidad especialmente por los más jóvenes. No es una
droga inocua, sino que su consumo tiene repercusiones sobre la salud,
especialmente cuando se produce en edades tempranas. Es un derecho de
todos los ciudadanos el acceso a información veraz, clara y fiable
que les permita tomar decisiones sobre cuestiones que afectan a su salud.
En el caso de los menores, éstos tienen derecho
a la tutela sobre cuestiones que afecten a su salud. Es una obligación
de las administraciones públicas crear las condiciones sociales
y ambientales que promuevan la salud de los ciudadanos.
Principio de precaución
Nunca se habían dado en nuestra cultura las prevalencias
del consumo de cannabis que se están dando hoy en día, especialmente
en la población adolescente y juvenil. Tampoco nunca habían
sido tan altas las concentraciones de THC —D9 tetrahidrocannabinol,
el compuesto psicoactivo principal— en los derivados del cannabis.
Existen bastantes aspectos por investigar sobre los efectos del cannabis
entre los usuarios tanto a corto como a largo plazo. Tendrán que
pasar años para conocer los efectos que pueden tener cuestiones
como el uso cada vez más habitual que hacen una parte de los jóvenes
y adultos de las concentraciones crecientes en THC.
Principio de prevención
Los datos epidemiológicos actuales permiten observar
un incremento creciente del consumo sin que se haya alcanzado aún
un techo. De lo que cabe deducir que éste seguirá aumentando
a no ser que se desarrolle una clara y contundente política que
tienda a revertir estas tendencias previsibles. Es además probable
que la expansión del consumo de cannabis incremente el uso de otras
drogas.
Para intentar resolver esta situación es necesaria
una estrategia global de prevención que revierta las tendencias
actuales de consumo incidiendo sobre la oferta y la demanda de esta sustancia.
Ambos aspectos no sólo deben complementarse, sino
estar equilibrados.
Principio de oportunidad
Las medidas dirigidas a la prevención del consumo
deben estar adaptadas a las características culturales de la sociedad
en la que se implantan para no generar un rechazo que pueda ser contrapreventivo
y provocar el fracaso de otras medidas más adecuadas.
PROPUESTAS DE ACTUACIÓN
Finalmente, se proponen las siguientes estrategias, en
cuatro ámbitos clave: estrategia informativa, estrategia educativa,
ámbito normativo e investigación científica.
Estrategia informativa
Se propone la puesta en marcha de una estrategia informativa
que permita corregir la información actual sobre el cannabis y
aumentar la percepción del riesgo relacionado con su consumo. Esta
estrategia informativa debería ser la base de cualquier otro tipo
de actuación. La información tiene un importante papel en
el apoyo de medidas de protección y control: permite que se entienda
mejor su valor de protección y se evite que sean percibidas como
medidas negativamente represivas.
En estos momentos la población española —especialmente
los adolescentes y jóvenes— recibe abundante información
sesgada que es necesario contrarrestar con argumentos basados en la evidencia.
Desde las instituciones el nivel de información al público
sobre el cannabis es muy limitado y puntual. Debe desarrollarse una estrategia
informativa integral y constante, con especial incidencia en los medios
de comunicación y en el sistema educativo. Asimismo debe establecerse
un sistema permanente de información y seguimiento activo de la
situación mientras persista el problema actual.
Las campañas de sensibilización deberían
estar encuadradas dentro de esta estrategia, adaptando sus mensajes a
esos objetivos en todo momento. Hay que tener en cuenta que sólo
cuando forman parte de estrategias más amplias tienen efectos positivos.
Posiblemente sería de gran ayuda proporcionar una
información selectiva y activa dirigida a determinados sectores
(padres, profesores, profesionales de la salud, periodistas, juristas).
Facilitar la difusión de los hallazgos científicos
logrados en la investigación sobre los cannabinoides con el fin
de evitar la manipulación sesgada de dicha información.
También es importante ver de qué forma la información
científica disponible llega a los jóvenes de manera creíble
y significativa.
Asimismo hay que desarrollar una estrategia educativa dirigida
a dos frentes, por una parte los escolares y por otra a los sectores sociales
escolar, familiar y otros ámbitos profesionales.
Estrategia educativa
En el ámbito escolar resulta imprescindible impulsar
programas de prevención basados en la evidencia. Habría
que impulsar la formación del personal docente para la aplicación
de programas preventivos en el aula. La tutoría es un espacio adecuado
para este objetivo. Se podría potenciar desde las comunidades autónomas
cursos de formación de tutores (actualmente hay iniciativas de
este tipo en prácticamente todas). Lo ideal sería que estos
cursos contemplasen la formación en habilidades de vida, que son
el elemento crucial para trabajar la prevención en el sistema educativo
y también en dinámicas participativas, que es otro elemento
imprescindible para la aplicación de los programas.
En el caso de los padres de familia el primer paso debe
ser conseguir que los padres dispongan de una información adecuada.
Pero además se trata de dotarles de las capacidades para poder
actuar preventivamente y pedagógicamente con sus hijos. Es necesario
el apoyo a las corporaciones locales para que pongan en marcha de forma
prioritaria programas de prevención familiar.
Promover la formación en prevención mediante
el diseño de módulos formativos dirigidos a los profesionales
de la atención primaria en salud, de los profesionales del sector
de las drogas, de los juristas, de las fuerzas y cuerpos de seguridad
del estado.
Hay que promover, en las administraciones locales, políticas
juveniles más activas que faciliten la participación de
los jóvenes en el diseño de las decisiones que tienen que
ver con su propio bienestar.
Ámbito normativo
En el ámbito normativo deben adoptarse una serie
de medidas preventivas, tanto de carácter penal como administrativo,
capaces de dar mejor respuesta a los problemas descritos.
En el ámbito Penal
- Plantear una posible revisión de los tipos penales
actuales que contemple un incremento de las penas, de forma que cobren
relevancia disuasoria evitando con ello la sensación de impunidad
que se produce al estar sancionadas levemente conductas graves como
es el caso del tráfico organizado a gran escala de esta sustancia:
agravación de la penalidad en lo que se llama tipos agravados
de 2º grado.
- Aumentar el límite mínimo de la pe-na
privativa de libertad del tipo básico del artículo 368
—actualmente en un año—, para hacerla más
útil frente al pequeño tráfico.
- Incluir en el catálogo de tipo agravados uno
que tome en consideración el nivel de riesgo potencial o efectivo
para la vida, y la salud física o psíquica del consumidor
así como la cantidad.
- Procurar la armonización de las diversas normativas
internas.
En el ámbito administrativo
- Reforzar los controles administrativos que permitan
garantizar el carácter estrictamente lícito de las actividades
realizadas en las grow shops y establecimientos similares, implicando
a las administraciones públicas competentes, con especial atención
a las corporaciones locales.
- Convertir en ilícito administrativo cualquier
forma de publicidad o promoción del consumo de cannabis no tipificadas
penalmente, especialmente las dirigidas a menores de edad.
- Dar publicidad a los expedientes sancionadores administrativos,
para recalcar la ilicitud de estos comportamientos, y aumentar la confianza
general en el funcionamiento del sistema de intervención.
- Convertir en infracción administrativa el propio
consumo cuando se realizan actividades que impliquen riesgo para terceros.
- Reforzar el cumplimiento de la legislación vigente
en esta materia.
Investigación científica
En el ámbito de la investigación científica
sobre cannabinoides se deben cubrir las lagunas existentes en epidemiología
y en el campo de los mecanismos de acción, de las acciones farmacológicas
y de las consecuencias del consumo, así como en el terreno de las
posibles aplicaciones terapéuticas de los cannabinoides naturales
y sintéticos.
Investigación epidemiológica
- Promover la investigación clínico-epidemiológica
mediante estudios longitudinales en la población, orientados
a esclarecer los efectos del uso crónico de cannabis sobre la
salud. Estos estudios deberán aprovechar-se también para
avanzar en el cono-cimiento de los factores genéticos, farmacológicos
y ambientales que condicionan la adicción y sus consecuencias
sociales.
- Investigaciones sobre la efectividad de los programas
y medidas de prevención del uso y abuso de cannabis.
Investigación para conocer los mecanismos de acción,
los efectos y las consecuencias del consumo
- Avanzar en la investigación para comprender mejor
el papel desempeñado por el sistema cannabinoide endógeno
en las funciones fisiológicas, con especial incidencia en sus
acciones en el sistema nervioso central.
- Promover la investigación farmacológica
para avanzar en el conocimiento de los efectos inducidos por la administración
de cannabinoides.
- Impulsar la investigación sobre los efectos del
policonsumo, especialmente de la combinación del cannabis con
el alcohol y el tabaco.
- Seguimiento de cuestiones relacionadas con el consumo
de cannabis y la conducción de vehículos y manejo de maquinaria,
tanto en lo que se refiere a los efectos de esta sustancia como las
técnicas e instrumentos de medida del consumo durante la conducción.
Investigar sobre los efectos en la salud del cannabis en función
de los niveles actuales de concentración de THC en los productos
derivados.
- Investigar las consecuencias del consumo de cannabis
durante el embarazo y en edades tempranas.
- Promover la investigación de las perspectivas
de tratamiento en pacientes adictos a los cannabinoides y de los trastornos
inducidos por su consumo.
- Crear protocolos de tratamiento y actuación de
los jóvenes que acuden a los centros de tratamiento por problemas
de consumo de cannabis.
Investigación sobre las posibilidades terapéuticas
- Eliminar las trabas administrativas o de otro orden
que aún puedan dificultar el estudio de las posibilidades terapéuticas
de los cannabinoides.
- Fomentar la investigación básica para
definir las posibles aplicaciones terapéuticas de los cannabinoides.
- Promover la realización de ensayos clínicos
que evalúen la eficacia de los cannabinoides en el marco terapéutico
actual y en las distintas indicaciones en las que hay indicios de eficacia
terapéutica.
- Promover desde organismos públicos convenios
de colaboración con industrias farmacéuticas para impulsar
la investigación clínica con cannabinoides y conseguir
el posible desarrollo de nuevos medicamentos.
- Recoger información del uso con fines terapéuticos
que actualmente se realiza fuera del ámbito médico, para
conocer las consecuencias indeseables o beneficiosas de dicho uso.
BIBLIOGRAFÍA
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el cannabis 2004: análisis de situación y propuestas de
actuación. Madrid: Ministerio del Interior y Delegación
del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, 2004.
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Ministry of Public Health, Belgium, 2002.
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le comportement et la santé? París: Inserm, 2002.
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Adicciones 2000; 12 supl. 2.
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de Cannabinoides. Guía básica sobre cannabinoides. Madrid:
Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, 2003.
6. Solé Puig J, Ramos JA. Cannabinoides: aspectos
psiquiátricos y bioquímicos; 2.a impresión. Barcelona:
Ediciones Rol; 2004.
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